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Viernes, 3 de mayo de 2024

El Ayuntamiento de Onda convoca el III Certamen de Mobiliario Urbano Cerámico

02/08/2014 | 12:33 h
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El Ayuntamiento ha publicado en la web municipal onda.es las bases del III Certamen de Mobiliario Urbano Cerámico. Los proyectos diseñados se podrán presentar hasta el 5 de diciembre en la Casa de la Vila o telemáticamente. En la foto, el equipo y el proyecto ganador del II Certamen, durante la entrega del premio en CEVISAMA 2013.

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL 3º. CERTAMEN: MOBILIARIO URBANO CERÁMICO

Primera.- Objeto de la convocatoria.

El Ayuntamiento de Onda por la consideración hacia el sector azulejero que tiene una importante presencia en la actividad económica local, y con voluntad de promocionar y difundir el material cerámico, que ha contribuido a crear una cultura de la cerámica en la localidad, con la correspondiente posibilidad de acrecentar el patrimonio cerámico local y su irradiación a otros municipios y entornos y la oportunidad de promocionar la cerámica local en un certamen internacional de la importancia de CEVISAMA-Feria Valencia, facilitando de este modo la mayor trabazón entre el nombre de Onda y la cerámica, convoca por tercer año, el premio Mobiliario Urbano Cerámico con el objetivo de dinamizar la creación, premiar la iniciativa e innovación funcional y estética, el diseño e investigación del material cerámico en el mobiliario urbano, valorando la efectividad y facilidad de utilización todo en un marco de seguridad y respeto al medio ambiente.

Las obras premiadas deberán contribuir a la innovación en el sector y a apuntar a usos y diseños novedosos del material cerámico en el mobiliario urbano.

Segunda.- Régimen jurídico y crédito presupuestario.

A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones (en adelante LGS), en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma (en adelante RGS) y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Onda de fecha 10 de marzo de 2006, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 31 de fecha 14 de marzo de 2006.

El gasto que comporta la presente convocatoria asciende a 3.000 euros imputables a la aplicación presupuestaria 334 48000 del vigente presupuesto municipal.

Tercera.- Categoría y Premio.

Se establece una única categoría de mobiliario urbano cerámico, con la posibilidad de tratar material clásico con innovación formal o estética, o mobiliario urbano innovador, con innovación funcional de nuevas aplicaciones cerámicas, o bien una combinación de ambas.

El Jurado, una vez estudiados y baremados los trabajos, según los criterios establecidos, propondrá a la Junta de Gobierno Local, el otorgamiento del siguiente premio:

Primer premio: 3.000 € Patrocinado por el Ayuntamiento de Onda.

Las decisiones del Jurado serán inapelables, pudiendo declarar desierto el premio mencionado.

Cuarta.- Requisitos de los participantes.

Podrán participar en el concurso aquellos alumnos matriculados en cualquier escuela de Diseño, Bellas Artes, Arquitectura e Ingenierías, nacional o internacional, así como los estudiantes de postgrado y máster en el curso 2014-2015. También podrán participar en esta categoría los estudiantes titulados, en las escuelas anteriores, en los últimos dos años previos a la celebración del certamen (años titulación 2013 y 2012). La participación puede realizarse de forma individual o en equipos de una o varias especialidades de diseño y titulación, siempre que la totalidad de los integrantes cumplan las condiciones de titulación anteriores y demás requisitos establecidos en estas Bases.

No podrán participar las personas en quienes concurran las prohibiciones previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Onda de fecha 10 de marzo de 2006, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 31 de fecha 14 de marzo de 2006.

El propuesto como premiado aportará, una vez requeridos al efecto, y como condición necesaria para la concesión del premio correspondiente, la documentación establecido en la Base Décima.

El Ayuntamiento, por su parte, solicitará de oficio el certificado de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración Estatal y con el Ayuntamiento de Onda, así como con la Seguridad Social.

La presentación de la solicitud a la presente convocatoria, implicará la autorización al Ayuntamiento de Onda para la solicitud de los certificados mencionados (artículo 22.4 R.G.S.).

Los participantes responden ante los promotores de este concurso de la autoría y originalidad del trabajo presentado.

Quinta.- Órgano competente para la resolución del procedimiento.

El órgano para la aprobación de las Bases y la resolución del procedimiento será la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Onda.

Sexta.- Documentación a presentar.

a)Solicitud.

La solicitud que se acompaña como Modelo Solicitud A a la presente convocatoria deberá ser cumplimentada y rubricada por el interesado.

b)Sobre cerrado.

Un sobre cerrado, en cuyo exterior figure un lema libremente elegido por el/los autor,/es y en cuyo interior contendrá la Modelo Solicitud B, un breve currículo del/los autor/es y la valoración de la pieza.

c) Documentación específica.

Junto con la Solicitud A y el sobre cerrado, referidos anteriormente, se presentará el trabajo original, formado por dos paneles de 70 x 100 cm montado sobre cartón pluma de 5 mm., se acompañarán de una breve memoria técnica y descriptiva en formato Word A4 máximo una hoja a una sola cara. Estos paneles y la memoria irán adecuadamente empaquetados, además, se presentará un sobre cerrado en donde constará en la parte exterior el mismo lema que en los paneles presentados, y en su interior, el Modelo Solicitud B con los datos del autor/es, dirección, teléfono y titulación (acreditada cada una de conformidad con las titulaciones de la Base Segunda por medio de documento emitido por la Escuela correspondiente), así como una declaración jurada del/los mismo/s, manifestando que el diseño presentado es obra personal del/los declarante/s y que no ha sido presentada a otro premio o certamen anterior al que ahora concursa, que cumplen la totalidad de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Onda, de fecha 10 de marzo de 2006, y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 31 de fecha 14 de marzo de 2006, así como una nota de la pieza con su valoración económica para su reproducción.

Séptima.- Forma, lugar y plazos de presentación de candidaturas.

Los modelos de solicitud (Solicitud A y B) se podrán obtener a través de la página web municipal http://ajuntament.onda.es o directamente en las dependencias del propio ayuntamiento.

Las solicitudes debidamente cumplimentadas según los modelos que se adjuntan a la presente convocatoria, junto con la documentación específica requerida se dirigirán a la siguiente dirección:

Ayuntamiento de Onda

Plaza el Pla, 1

12200 Onda (Castellón)

Su presentación se deberá realizar en la Oficina de Registro del Ayuntamiento desde el día siguiente a la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y hasta el día 5 de diciembre de 2014, acompañándose de la documentación necesaria. También podrán ser presentadas por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante Ley 30/92), acompañando los documentos necesarios y siguiendo las indicaciones de la Base anterior.

Octava.- Criterios de valoración para la concesión del premio.

La valoración de los trabajos de mobiliario urbano presentados se hará en dos fases, y la puntuación final de los trabajos será la que se obtenga de la suma de ambas fases. Aquellos trabajos que no resulten seleccionados para pasar a la Fase 2, tendrán como calificación final la que resulte de la valoración únicamente de la Fase 1.

FASE 1.- Preselección técnica. Hasta un máximo de 50 puntos.

Concluido el periodo de presentación, se convocará una comisión técnica de preselección, formada por:
Un representante del Ayuntamiento de Onda, que actuará de presidente.
Un representante de Cevisama, Feria que organiza Feria Valencia.
Un técnico de Cevisama, Feria que organiza Feria Valencia, que actuará de secretario.

Esta Comisión Técnica, preseleccionará como máximo 10 trabajos de entre todos los presentados al concurso, y que cumplan los condicionantes establecidos en las Bases, siguiendo los siguientes criterios:

1.- Posibilidad de producción industrial: hasta 30 puntos
Para el éxito de la comercialización de la pieza de mobiliario es fundamental que se pueda producir industrialmente. Para ello se valorará hasta un máximo de 30 puntos la “ingeniería del producto”:
El concepto “ingeniería de producto” se refiere al proceso de diseño y desarrollo del elemento de mobiliario urbano de forma tal que se obtenga un elemento apto para su comercialización mediante un proceso de fabricación racional. Para ello se valorará optimizar el costo de producción, su facilidad de fabricación, su calidad, funcionalidad y confiabilidad hasta un máximo de 30 puntos. De forma que se pretende obtener un producto de manera que sea más atractivo y competitivo en e el segmento del mercado del mobiliario urbano.

La ingeniería de producto incluye el diseño, desarrollo, selección de materiales, y transición desde la etapa de prototipo hasta la fabricación del producto.

2.- Diseño sostenible: hasta 20 puntos
Se pretende conseguir un diseño lo mas respetuoso con el medio ambiente, tanto en el proceso de fabricación, como durante su vida útil y su posible reciclaje. Para ello se valorará hasta un máximo de 10 puntos la sostenibilidad del proceso productivo, el menor consumo energético y el respeto ambiental del elemento de mobiliario; y hasta 10 puntos la posibilidad de reciclarlo, la facilidad del proceso de reciclaje, y la no generación de ningún tipo de contaminación (ambiental, acústica, vertidos, etc).

FASE 2.- Sólo accederán a esta fase aquellos trabajos que hayan sido seleccionados en la fase anterior al ser los de mayor puntuación obtenida, y que serán un máximo de 10. Durante esta Fase 2, el Jurado, será el encargado de valorar y puntuar de conformidad con los criterios que se establecen y con un máximo de 50 puntos para esta fase, a los que habrá que adicionar los que hayan resultado de la Fase 1, para de este modo obtener el resultado final.

1.- Innovación y creatividad: 40 puntos
Se valorará especialmente la originalidad de la idea, tanto en lo referente a la funcionalidad en si misma de la pieza como en el empleo del material cerámico en la formalización de la misma. La originalidad funcional de la pieza se valorará hasta un máximo de 20 puntos basándose en como la forma soluciona la función requerida; y la originalidad en el empleo de la cerámica en la formalización del elemento se valorará hasta un máximo de 10 puntos.
También se valorará hasta un máximo de 10 puntos la posibilidad de crear familias del propio elemento de mobiliario urbano, capaces ofrecer un aspecto mas homogéneo e integrado de los elementos que puedan componer la familia.

2.- Presentación y justificación: 10 puntos
Se valorará la presentación del objeto y la facilidad de comprensión de la idea proyectada.
Para ello se valorará con 5 puntos a quien aporte dos o más imágenes en color y fotorrealísticas en 3D de mobiliario proyectado junto con los planos de detalle, y con 5 puntos a quien justifique por escrito de una manera clara y concreta los requisitos planteados y la forma en que se han solucionado.
Novena.- Composición y actuación del Jurado.

El Jurado, que estará presidido por el Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Onda, o concejal en quien delegue, y estará integrado por:

La teniente alcalde del área de Cultura, Educación, Sanidad y Consumo del ayuntamiento de Onda.
El teniente alcalde del área de Urbanismo, Movilidad Urbana, Medio Ambiente y Agricultura del Ayuntamiento de Onda.
Un técnico del área de Urbanismo, designado por el Ayuntamiento de Onda.
Tres representantes de entre los integrantes del Consell de la Cerámica de Onda pertenecientes al sector ceramista local, designados por el Consell.
Un representante de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Navegación de Castellón.
Un representante de ASCER.
Un representante de ANFECC.
Un representante del Instituto Tecnológico de la Cerámica. (ITC)
Un representante de la Universitat Jaume I.

Las distintas instituciones, asociaciones, entidades y Consell remitirán, a requerimiento del Ayuntamiento de Onda, el nombramiento de sus representantes en el Jurado, y en su caso, en la preselección técnica.

Las funciones de secretario, con voz y sin voto, serán ejercidas por personal municipal con titulación superior, designado por el ayuntamiento de Onda.

Los órganos colegiados sólo se podrán constituir con la asistencia del Presidente, del Secretario y al menos de la mitad de los Vocales. Si no existiera quórum suficiente, el jurado dispondrá en ese mismo acto de una segunda convocatoria en la que se exigirá idéntico quórum.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría de votos, teniéndose únicamente en cuenta los votos de los miembros del Jurado que asistan personalmente.

El premio podrá ser declarado desierto. El Jurado podrá recoger en el acta una mención especial, sin premio, si lo considera oportuno.

Una vez finalizada la emisión del fallo, el mismo se publicará en la web municipal, únicamente a efectos informativos, no creando derechos a favor del/los premiado/s propuesto/s hasta que los premios sean decretados en la forma señalada en la presente convocatoria, previa acreditación de los extremos necesarios.

En lo no previsto en esta convocatoria el Jurado ajustará su actuación a lo dispuesto en el Capítulo II, Título II, de la Ley 30/92.

Décima.- Procedimiento de concesión.

Concluido el periodo de presentación, se convocará la preselección técnica, que efectuará su función.

Esta preselección técnica, preseleccionará como máximo 10 trabajos de entre todos los presentados al concurso, y que cumpliendo los condicionantes establecidos en las Bases, hayan obtenido la mayor puntuación de los criterios establecidos para la Fase 1.

Una vez se tengan los trabajos preseleccionados en la Fase 1, será convocado el Jurado por resolución de su presidente, y previa la valoración y estudio de los distintos trabajos preseleccionados, de conformidad con los criterios establecidos para la Fase 2, emitirá su fallo en la forma señalada, reflejándose en el acta que al efecto se suscriba, con la suma de la puntuación obtenida en ambas fases.

El ayuntamiento de Onda, a la vista del fallo contenido en las citada acta, formulará propuesta de resolución, debidamente motivada en el resultado de las valoraciones.

El expediente de concesión del premio contendrá el informe emitido por técnico municipal en el que conste que de la información que obra en su poder se desprende que el/los beneficiarios cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a los mismos.

La propuesta de resolución se notificará a los beneficiarios que hayan sido propuestos, para que en el plazo máximo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a aquél en que reciban la notificación, comuniquen su aceptación del premio propuesto, así como para la aportación de la siguiente documentación:

-Fotocopia compulsada de D.N.I.

-Impreso de alta de pago por transferencia, que le será remitido en la notificación citada.

El Ayuntamiento de Onda recabará y unirá al expediente, al haberse prestado en la Solicitud B consentimiento expreso por parte del beneficiario, autorizando a tal efecto, la información relativa al cumplimiento de las obligaciones ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de la Tesorería General de la Seguridad Social y la Hacienda Local, todo ello de forma directa a través de certificado telemático, en los términos previstos en los artículos 18 y 19 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.

De conformidad con lo establecido en el artículo 23.2.k) de la LGS, la resolución que se adopte pone fin a la vía administrativa.

A tenor de lo dispuesto en el artículo 25.4 de la LGS, transcurrido un plazo de seis meses desde la publicación de la convocatoria sin que haya recaído resolución expresa de la misma, se podrá entender desestimada por silencio administrativo.

Undécima.- Sistema de abono.

El premio será abonado a través de transferencia bancaria en la cuenta indicada por el/los premiado/s. El importe del mismo estará sujeto a la retención correspondiente de IRPF, conforme a lo establecido en la legislación vigente.

Duodécima.- Exposición de trabajos y devolución de las obras no premiadas.

Los trabajos presentados serán expuestos durante la celebración de CEVISAMA 2015 (del 9 al 13 de febrero de 2015) en Feria Valencia, en un pabellón del recinto ferial, excepto las que sean retiradas en la preselección efectuada por la preselección técnica, por no atenerse a lo dispuesto en estas Bases. El fallo del Jurado se hará público antes de la inauguración del certamen, y se convocará al/los premiado/s al acto de entrega del premio. Los originales premiados quedarán en propiedad del Ayuntamiento de Onda únicamente a efectos expositivos y de difusión y no de explotación, cuyos derechos se reservarán íntegramente al concursante, del mismo modo también podrán usarse los originales premiados por la organización de Cevisama-Feria Valencia para la elaboración de materiales de difusión o publicidad, de conformidad con la Base siguiente. El trabajo premiado podrá ser expuestos en ulteriores celebraciones de la Feria.

Los trabajos no premiados, podrán ser retirados, previa identificación del autor, del 24 al 27 de febrero de 2015, de 10.00 a 13.30 horas y de 16.30 a 18.30 horas, en el Museo del Taulell de Onda (C/ París, s/n). Expirado el plazo de recogida, los trabajos que no hayan sido retirados se destruirán. Solo se remitirán los trabajos que sean de fuera de la Comunidad Valenciana, si así lo indicaran sus remitentes en el momento de su presentación asumiendo a su vez el importe de los portes, pero sin incluir seguro, ni aduana de destino, en un plazo de un mes a partir de la fechas anteriormente citadas.

Decimotercera.- Difusión del premio.

Del trabajo premiado se podrá realizar la difusión del mismo a través del medio que se considere más oportuno, incluyendo Internet, sin limitación de tiempo (citando expresamente a los autores de los trabajos).

Del trabajo premiado el Ayuntamiento de Onda podrá realizar un prototipo a tamaño real que quedará propiedad del Ayuntamiento para su instalación en el municipio.

Los ganadores se comprometen a colaborar con el Ayuntamiento de Onda en las actividades publicitarias y de promoción vinculadas al concurso, sin recibir ningún tipo de contraprestación por este concepto, así como en todo aquello que se requiera para la realización del prototipo a tamaño real. Los ganadores de los premios autorizan al Ayuntamiento de Onda a utilizar su nombre y su imagen en todo aquello que haga referencia al concurso.

Decimocuarta.- Responsabilidad patrimonial.

El Ayuntamiento de Onda y Feria Valencia, no se hacen responsables de las pérdidas o roturas que se produzcan durante el transporte de las piezas, y las que pudieran tener lugar durante la permanencia de las mismas en el recinto de la feria.

Decimoquinta.- Publicación de la convocatoria.

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y en el tablón de edictos del ayuntamiento, además de la difusión que se pueda realizar por otros medios y soportes. El resto de anuncios se publicarán en la web municipal y en el tablón de edictos del ayuntamiento.

Decimosexta.- Aceptación de las condiciones de la convocatoria.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación de la totalidad de sus condiciones por parte de los candidatos.

La organización del concurso se reserva el derecho de resolver cualquier eventualidad no especificada en estas bases.

El Jurado queda facultado para interpretar cualquier contenido de las presentes Bases.

El incumplimiento por parte del/los premiado/s de cualquiera de los requisitos, condiciones, obligaciones, y demás circunstancias que dieron lugar al otorgamiento del premio, dará lugar a la incoación, por el órgano competente parar la concesión de los premios, del correspondiente expediente que podrá finalizar, en su caso, con la anulación del premio concedido y la obligación de reintegrar las cantidades percibidas y los intereses de demora desde el momento del pago de la misma.

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